El día 4 de septiembre se publicó en la web https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24596.html#toc-seguimiento la PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN DE AYUDAS DESTINADAS A DEPORTISTAS Y ENTRENADORES CON LA CONDICIÓN DE ALTO NIVEL O ALTO RENDIMIENTO DE ANDALUCÍA, CON MÉRITOS EN PRUEBAS NO OLÍMPICAS Y NO PARALÍMPICAS. AYUDAS AL DEPORTE NO OLÍMPICO (ADN). CONVOCATORIA 2026.
En la misma, se concede un plazo de diez días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de su publicación (desde el 7 hasta el 18 de septiembre de 2026), para la presentación del Anexo II, a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, para que los deportistas y entrenadores o técnicos, deben optar por una de las siguientes opciones:
a) Acepten la ayuda propuesta.
b) Desistan de la solicitud.
c) Presenten las alegaciones que estimen pertinentes, en los términos que prevé el articulo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De igual forma, junto a la presentación del Anexo II, los deportistas y entrenadores o técnicos solicitantes considerados beneficiarios provisionales (Anexo I de la propuesta), deberán presentar, en la dirección electrónica https://ws072.juntadeandalucia.es/ofvirtual/auth/loginjs?procedimiento=761&conCertificado=1, junto al citado formulario Anexo II, la documentación que se establece en el apartado 15 del cuadro resumen de la Orden reguladora, acreditativa de los datos consignados en su solicitud, tanto de los requisitos como de los criterios de valoración, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 17.2 y 3 de las Bases reguladoras tipo:
a) Respecto de los entrenadores o técnicos, Certificado negativo del Registro Central de delincuentes sexuales, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor. Y Licencia Federativa en vigor.
b) Respecto de los deportistas, Certificado federativo acreditativo del mérito alegado (se adjunta modelo), Licencia Federativa en Vigor.
Dichos Certificados deberá acreditar lo dicho anteriormente y estar firmado electrónicamente por la Federación correspondiente.
Para cualquier consulta puede ponerse en contacto en la dirección: svpad.dgsvd.ccd@juntadeandalucia.es indicando motivo de la consulta y nº de teléfono de contacto 622976981.
Es muy importante que la documentación que se adjunte sea firmada mediante el certificado digital de la persona solicitante o representante legal, por lo que se recomienda comprobar que esté firmada con certificado digital.
Asimismo le informamos que para el pago de dicha ayuda el beneficiario debe tener dada de alta la cuenta bancaria que figure en el Anexo II en el Registro de Cuentas de Terceros de la Tesorería General de la Junta de Andalucía.
Esto se realiza telemáticamente con el certificado digital del beneficiario en la página web de la Oficina Virtual de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea en la siguiente dirección:
A continuación, debe entrar en el apartado MANTENIMIENTO DE CUENTAS BANCARIAS , y marcar la casilla «Autorizo a la Junta de Andalucía a verificar la titularidad de las cuentas». Aquí aparecen las cuentas que tiene dada de alta el interesado. En caso de no aparecer la que figura en su Anexo II debe proceder a darla de alta en la casilla ALTA DE CUENTA que aparece en la zona inferior de la pantalla.
Se le recuerda que debe dar de alta la misma cuenta bancaria que ponga en la solicitud Anexo II.
Para cualquier duda puede contactar con nosotros en el correo anteriormente indicado o en el teléfono 662976981